Requisitos para casarse en México

El matrimonio es un paso importante en la vida de cualquier persona, y México no es la excepción. Sin embargo, antes de llegar al altar, existen ciertos requisitos que deben cumplirse para que la unión sea legalmente válida.

En este artículo, se detallarán los requisitos previos y los necesarios para celebrar un matrimonio en México, desde la presentación de la solicitud hasta la comprobación de la nacionalidad y la identificación de los contrayentes. Además, se mencionarán las excepciones y consideraciones especiales para casos particulares, como el matrimonio de menores de edad o de personas viudas o divorciadas.

Con esta información, los futuros contrayentes podrán estar seguros de cumplir con todos los requisitos necesarios para tener un matrimonio legalmente válido en México.

Para casarse en México, existen ciertos requisitos que deben cumplirse antes y durante la celebración del matrimonio.

Índice
  1. Requisitos previos a celebrar el matrimonio
  2. Requisitos para celebrar el matrimonio
  3. Otras consideraciones sobre el casamiento

Requisitos previos a celebrar el matrimonio

Antes del matrimonio, los contrayentes deben presentar una solicitud escrita y firmada, la cual debe incluir la declaración de dos testigos.

Además, es necesario presentar las capitulaciones matrimoniales, que establecen la forma en que se manejarán los bienes durante el matrimonio, ya sea mediante la separación de bienes o la sociedad conyugal.

También se requiere un certificado de salud firmado por un médico titulado, una constancia de ratificación de firmas y una notificación para la celebración del matrimonio.

Requisitos para celebrar el matrimonio

Los requisitos para casarse en México son los siguientes:

  • Durante la celebración del matrimonio, los contrayentes deben comprobar su nacionalidad mexicana.
  • En el caso de menores de edad, es necesario contar con el consentimiento por escrito de las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela.
  • También es necesaria la presencia de los contrayentes y dos testigos por cada uno, así como identificaciones oficiales vigentes con fotografía de todos los involucrados.
  • En caso de que alguno de los contrayentes sea viudo, se debe presentar una copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido.
  • Si alguno de los contrayentes ha sido previamente casado, es necesario presentar una copia certificada del acta de sentencia de divorcio.
  • Finalmente, es necesario pagar los derechos correspondientes, de acuerdo a la Ley Federal de Derechos en vigor.

Otras consideraciones sobre el casamiento

Actualmente, las autoridades encargadas de las representaciones de México en el extranjero aún no tienen la capacidad legal para realizar matrimonios entre personas del mismo sexo de nacionalidad mexicana.

Por otro lado, los ciudadanos mexicanos que adquirieron otra nacionalidad (antes del 20 de marzo de 1998), deberán presentar en todos los casos una "Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por nacimiento" para poder casarse en México.

En cuanto a la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por nacimiento es un documento legal que se expede para reconocer la nacionalidad mexicana a una persona que nació en México o en el extranjero, pero cuyos padres son mexicanos. Este documento es necesario para aquellos mexicanos que adquirieron otra nacionalidad antes del 20 de marzo de 1998, para poder casarse en México.

La Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por nacimiento se puede solicitar en las representaciones de México en el extranjero o en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en México. Es necesario presentar una serie de documentos, como acta de nacimiento, identificación oficial y una prueba de nacionalidad de los padres, entre otros.

Es importante mencionar que este proceso puede tardar varios meses y que una vez que se ha obtenido la Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por nacimiento, es necesario inscribirla en el Registro Civil para que sea reconocida oficialmente.

Para finalizar y en el caso de las personas naturalizadas mexicanas, deberán demostrar que no han incurrido en ninguna pérdida de nacionalidad de acuerdo a los supuestos establecidos en el artículo 37, apartado B) de la Constitución Política de México.

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